27 noviembre, 2024
Esta medida desde que se implementó, generó un sin número de quejas debido a posibles arbitrariedades.
Última actualización noviembre 27, 2024 a las 05:00 pm
El Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Valledupar, falló a favor de una tutela interpuesta por la ciudadana Adriana Oñate contra la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal por la violación del artículo 6 de la Resolución 20203040011245 DE 2020 que prohíbe tener un vehículo «cazainfractores», en movimiento como ayuda tecnológica.
Es decir, la ciudadana en mención hace referencia de dos vehículos dispuestos por la oficina de Tránsito y Transportes de Valledupar, para sancionar a presuntos infractores de las normas, con ayuda de dispositivos tecnológicos implementados en las patrullas móviles.
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“Ordénese a la Alcaldía Municipal de Valledupar que de manera inmediata de cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución 20203040011245 del 20 de agosto 2020 en relación con la autorización del Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial en relación con lo dispuesto en la Ley 1843 de 2017 para la la puesta en funcionamiento de los Sistemas automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de presuntas infracciones al tránsito”, dice el fallo del Juzgado, en primera instancia.
En la actualidad, un vehículo tipo camioneta y otro tipo sedan, circulan en las calles de Valledupar “cazando” presuntos infractores, sobre todo, a conductores que se estacionan en sitios prohibidos con este tipo de ayuda tecnológica.
De igual manera, el fallo ordenó la suspensión inmediata de cualquier actuación de cobro que el Municipio adelante actualmente en contra de los presuntos infractores de tránsito cuya multa o sanción tenga origen en los vehículos antes señalados.