28 julio, 2020
La reanudación permite avanzar en la recolección del material probatorio necesario para resolver las solicitudes de inscripción en el Registro.
Última actualización julio 28, 2020 a las 04:12 pm
La Unidad de Restitución de Tierras ordenó reanudar los términos de los procedimientos administrativos de inscripción en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (RTDAF), de que trata la Ley 1448 de 2011 (Ley de Víctimas) y los Decretos 4633 y 4635 de 2011, así como los trámites administrativos del Registro Único de Predios y Tierras Abandonadas (RUPTA).
El RTDAF es un instrumento creado por la Ley de Víctimas, que se recopila toda la información física y jurídica sobre los predios que fueron abandonados o que les fueron despojados a las víctimas de la violencia. En este Registro también se incluyen los datos del solicitante de la restitución, su núcleo familiar y el contexto de despojo o abandono.
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Los términos fueron reanudados en atención al artículo tercero del Decreto 990 del 9 de julio de 2020, que indica que los gobernadores y alcaldes permitirán el derecho de circulación de las personas para “(i) Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas y demás personal necesario (sic) para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus Covid-19, y garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado”.
Teniendo en cuenta estas nuevas disposiciones del Gobierno Nacional, la entidad podrá llevar a cabo actividades mediante el uso de herramientas tecnológicas y de forma presencial, máximo con el 20 % de los colaboradores; por lo cual, la Unidad de Restitución de Tierras adoptó los protocolos de bioseguridad, tal como lo establece la Directiva Presidencial 003 de 2020.
Además, para prevenir y mitigar los riesgos de contagio, la entidad estableció las responsabilidades, obligaciones y mecanismos de seguimiento para asegurar condiciones de bioseguridad y aseo; definió las reglas de acceso y permanencia en sedes, tanto para colaboradores como para usuarios; y recomendó la implementación de turnos y horarios flexibles, entre otros aspectos.
Durante el aislamiento, la política de restitución no para y con el objetivo de continuar garantizando la atención, la Unidad de Restitución de Tierras dispone de diferentes canales, que les permiten a los usuarios conocer información general sobre la entidad y la oferta institucional; y acceder a orientación sobre el estado de sus solicitudes. Para conocer los canales de atención al público se debe ingresar al siguiente enlace: https://bit.ly/2WO6Wp2.
La Unidad de Restitución de Tierras no abandona a las víctimas y continúa trabajando para reparar integralmente a los que fueron despojados o desplazados forzosamente, por esta razón, durante la cuarentena, la entidad ha radicado ante la justicia, 40 demandas electrónicas que buscan resolver 54 solicitudes de restitución; además, durante el periodo de aislamiento preventivo y con el apoyo de la entidad, 294 beneficiarios del proceso restitutivo han firmado acuerdos para comercializar los productos que cultivaron en las tierras restituidas.