Por: Jorge Rosado


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Queda prohibido la comercialización y el uso del asbesto en el país

17 abril, 2021

Este decreto aplica a toda persona natural o jurídica que exporte o importe cualquier variedad de asbesto y de productos derivados.

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Última actualización abril 17, 2021 a las 05:14 pm

Luego de aprobarse la ley Ana Cecilia Niño (1968 de 2019), esta entró en vigor con la prohibición de la importación y la exportación de asbesto como resultado del Decreto 0402 de 2021 que fue expedido por el Gobierno nacional para su reglamentación de productos elaborados con este material.

«Con el Ministro de Comercio expedimos el decreto 402, el cual desarrolló la Ley de 1968 de 2019, y en el que se establecen disposiciones relacionadas con prohibición de importación y exportación de asbesto, a fin de proteger la vida y salud de trabajadores y los colombianos en general», escribió Duque en Twitter.

Este decreto aplica a toda persona natural o jurídica que exporte o importe cualquier variedad de asbesto y de productos derivados. De igual manera, las actividades que cuenten con título, contrato, licencia ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente para la explotación y exploración de asbesto, deberán iniciar la fase de desmantelamiento y abandono cumpliendo la normativa vigente.

Todos aquellos productos que están llegando a Colombia o que estén en zona franca con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto, no podrán instalarse.

“La Ley 1968 o Ley Ana Cecilia Niño, en homenaje a esta luchadora contra el uso del asbesto, prohíbe producción y utilización de estos productos, por lo que desde el 1° de enero de 2021 no se pueden instalar y utilizar, a pesar de que se hayan importado antes de la vigencia”, concluyó el primer mandatario.