22 junio, 2021
Las orientaciones precisan las condiciones para la prestación del servicio educativo de manera presencial.
Última actualización junio 22, 2021 a las 07:29 am
El Ministerio de Educación Nacional emitió las orientaciones que deben seguir los gobernadores, secretarios de educación, alcaldes, jefes de talento humano, directivos docentes, docentes y comunidad educativa mediante la resolución 777 de 2021, para la prestación de clases presenciales en todas las instituciones educativas tanto públicas como privadas del país.
“El regreso a la prestación del servicio educativo de manera presencial está encaminado a garantizar el derecho fundamental a la educación en armonía con el derecho a la salud de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y responde de manera inmediata a sus necesidades y a la equidad en las oportunidades, para contribuir con el proyecto de vida de la presente generación”, precisó la Ministra de Educación, María Victoria Angulo.
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En el documento el gobierno nacional, detalla que las secretarías deben definir las fechas de inicio de presencialidad; y esta debe ser coincidir con el retorno a clases luego del período de vacaciones de mitad de año.
• Lavado de manos
• Distanciamiento físico mínimo de un metro en las aulas
• Uso correcto del tapabocas
• Adecuada ventilación
• Evitar reuniones colectivas
• En el transporte escolar, será obligatorio el uso del tapabocas y mantener las ventanas abiertas.
Excepciones:
• Cuando el aforo y la capacidad de la institución no permitan garantizar la distancia física de un metro en las aulas.
• Por razones de salud, cuando el estudiante manifieste imposibilidad para el retorno a las clases presenciales.
• Cuando las condiciones epidemiológicas dentro de una institución lo ameriten.
Con esto, el Gobierno busca continuar con los procesos de aprendizaje, salud mental y desarrollo de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes del país.