14 julio, 2021
El fallo exige al Ministerio de Salud y a la Nueva EPS mantenerse en el cronograma inicial de vacunación solo para el caso de Brugés y le apliquen la segunda inyección de dicho biológico en las próximas 48 horas.
Última actualización julio 14, 2021 a las 09:45 pm
El juzgado 4º civil del circuito de Cartagena resolvió, la solicitud de Ernesto Camilo Brugés López, un ciudadano que, mediante acción de tutela, demostró su descontento con la nueva medida del el Ministerio de Salud y Protección Social de aplicar la vacuna Pfizer en su segunda dosis, 90 días después, para poder completar la inmunización de 35 millones de colombianos contra el covid-19 para diciembre de este año.
El fallo exige al Ministerio de Salud y a la Nueva EPS mantenerse en el cronograma inicial de vacunación solo para el caso de Brugés y le apliquen la segunda inyección de dicho biológico en las próximas 48 horas, en concordancia con las instrucciones oficiales proporcionadas por el fabricante norteamericano, y no dentro de poco más de un mes, como presupuesta la nueva regulación nacional.
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En el documento se explica que el ciudadano sufre de discapacidad visual, está casado con una persona que solo tiene un pulmón y que sus hijos son gemelos prematuros, por lo que “está en riesgo”. “Por esta razón, le asiste el afán de completar el esquema de vacunación, pues así podría empezar a vivir de nuevo una vida medianamente normal”.
Valga señalar que, el proceso para emitir esta orden se viene desarrollando por lo menos desde el pasado 22 de junio, cuando el juzgado en cuestión le pidió a la cartera sanitaria que proporcionara todas las investigaciones y demás soportes científicos que sustentan la modificación en el plazo de aplicación de la segunda dosis de Pfizer, inicialmente anunciado a mediados de junio pasado.