Por: Carlos Mario Jiménez


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¿Cómo es el cambio en aplicación de la vacuna de Pfizer?

16 junio, 2021

El Ministerio de Salud informó que el tiempo entre aplicaciones de las dosis de la vacuna de Pfizer será de tres meses.

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Última actualización junio 16, 2021 a las 09:20 am

Nuevos cambios en la aplicación de la vacuna de Pfizer, que pasa de tres a 12 semanas, luego de la primera dosis recibida por el paciente.

En la etapa cuatro de vacunación en la que las personas entre 45 a 49 años y grupos poblacionales priorizados ya pueden recibir su vacuna contra el COVID-19, el ministro de Salud, Fernando Ruiz, anunció cambios en la aplicación de las dos dosis de la vacuna de Pfizer.

Según estudios internacionales como el del Public Health of England, la segunda dosis de la vacuna de Pfizer se podrá aplicar tres meses después, ya que demuestra que se amplía la capacidad de generar más anticuerpos contra el COVID-19.

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Debido a estas recomendaciones, en Colombia se adoptó que la aplicación de la segunda dosis para la etapa 4 será a las 12 semanas después de recibir la primera dosis.

“Esto nos permitirá ampliar de manera extensa la capacidad de vacunación en esta población más joven, dados también, los muy buenos indicadores que ha mostrado la evidencia científica en términos de protección de la vacuna Pfizer con una única dosis”, declaró Ruiz.

El funcionario destacó la evidencia en el sentido que la vacuna de Pfizer tiene una eficacia superior al 95% con una sola dosis contra las diferentes variantes como la Alpha y Delta que son más contagiosas.

Nuevas comorbilidades aceptadas

El Ministerio de Salud y Protección Social en el Decreto 109 que adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra el covid-19, en su artículo 7 consideró que aquellas condiciones de salud y ocupaciones de riesgo podrían ser actualizadas con nueva evidencia científica.

Este fue modificado por el Decreto 466 en el cual ingresaron algunas poblaciones en las diferentes etapas y ahora con el Decreto 630 de 2021 que busca hacer nuevos ajustes en el Plan e inclusión de personas en las etapas.

El objetivo de la priorización es proteger primero a los más vulnerables. Y teniendo en cuenta que todos tenemos riesgo, el Comité Asesor consideró que es importante priorizar aquellos con mayor evidencia de un riesgo más alto y significativo de complicaciones y muerte.

En el decreto 630 de 2021 grupos o comorbilidades, pero en ningún momento vamos a sacar grupos o comorbilidades que ya habían sido priorizadas.

En este acto se señala que hay evidencia científica reciente que permite concluir que las vacunas contra el COVID–19 son seguras y eficaces para mujeres en gestación y personas entre los 12 y los 15 años.

Es por esta razón por la que se advierte que se asignarán vacunas para estos sectores poblacionales cuando la evidencia científica surta el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud para su aprobación.

Adicionalmente, en la Etapa 3 del Plan, basados en evidencia científica aceptada se incluyen, las personas de 12 a 49 años que padecen las siguientes comorbilidades:

  • Artritis reumatoide
  • Lupus Eritematoso Sistémico
  • Espondilitis Anquilosante
  • Vasculitis

Y en otro de los ajustes que contempla el decreto mencionado anteriormente, la Etapa 3 del Plan también incluye a las siguientes poblaciones:

Personal de la DIAN con funciones o adscritos a puestos de control aéreo, terrestre, marítimo y fluviales para realizar actividades de control de ingreso, traslado y salida de mercancía.

Personal de la Dirección Nacional de Inteligencia que realicen labores de campo en el desarrollo de sus funciones de inteligencia estratégica y contrainteligencia.

Gestores sociales y personal de las entidades públicas del nivel municipal, distrital, departamental y nacional que, en el desarrollo de sus funciones, realicen labores de campo relacionadas con la gestión policiva, diálogo social y atención a la población vulnerable.

Esta inclusión está sustentada en su alto riesgo de contagio por realizar trabajo de campo o con comunidades.

Finalmente, el decreto permite vacunar de manera prioritaria antes del viaje, los deportistas y oficiales que representen al Estado colombiano en competencias deportivas internacionales.

Esto es independientemente de la etapa en la que se encuentre el Plan Nacional de Vacunación y también incluye la vacunación de las personas que sean designadas por el Gobierno Nacional para representar al Estado Colombiano ante otro país o ante organismos internacionales y las personas que deban salir del país dentro del programa de atención a testigos.