Por: Rogers Fernández
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Trasporte público gratis y otras 29 novedades del nuevo código electoral
12 agosto, 2019
Dos salarios mínimos diarios vigentes a los jurados, transporte público gratuito y flexibilización de la ley seca, son algunos de los ítems del nuevo proyecto de ley del código electoral a discutirse en el congreso.
La Procuraduría manifestó que de los candidatos impedidos, 11 son aspirantes a asambleas departamentales, 20 a alcaldías, 602 a concejos municipales y distritales.
Última actualización agosto 12, 2019 a las 12:03 pm
El Congreso se prepara para aprobar el proyecto de ley que ajustaría el código electoral colombiano que rige los comicios electorales en el país desde 1986.
La iniciativa promovida por la Procuraduría General de la República, la Registraduría, el Concejo Nacional Electoral y el Gobierno Nacional establece cambios para perfeccionar el proceso y organización electorales que aseguren unas votaciones libres, transparentes y autenticas.
Entre los cambio al código electoral se destacan el suministro de transporte público gratuito, una medida que busca evitar que los partidos políticos ejerzan cualquier tipo de proselitismo sobre los ciudadanos a cambio de transporte.
Lo otro es la modificación del fin de la jornada electoral de 4:00 p.m. a 5:00 p.m., es decir, una hora más para garantizar que la mayor cantidad de electores acudan a las urnas el día de los comicios.
Otra de las modificaciones que presenta el proyecto de ley es la remuneración a los jurados de votación.
«Se incluye el pago de dos días de salario mínimo legal vigente a los jurados de votación que realicen sus labores el día de las votaciones, y uno a jurados remanentes, además de los otros beneficios que ya reglamentaban las leyes»
A continuación las 25 novedades del nuevo código electoral
- Creación de un Sistema de Información de Antecedentes para Cargos de Elección Popular (SIACEP) (art. 36)
- Hora unificada de cierre electoral (5:00 pm) (art. 55)
- Plataforma tecnológica de inscripción de candidaturas (art. 38)
- Incentivos y estímulos económicos a partidos y movimientos políticos para la realización de consultas internas y para la conformación de registros de afiliados (art. 70)
- La Registraduría Nacional del Estado Civil fijará los puestos de votación seis meses antes de cada elección bajo el criterio de facilitar el derecho al voto de los colombianos (art.77)
- Se regulan las funciones de los jurados de votación que antes no estaban previstas expresamente (art.80)
- Se incluyeron sanciones diferenciales para jurados de votación, no asistencia, no asistencia a capacitación, etc. (art. 90)
- Incorporación de una plataforma tecnológica para la selección de jurados de votación y un procedimiento para esta actividad. (art. 84)
- Se disminuyen de 6 a 5 los jurados de votación (art. 84)
- Se incluye el pago de dos días de salario mínimo legal vigente a los jurados de votación que realicen sus labores el día de las votaciones, y uno a jurados remanentes, además de los otros beneficios que ya reglamentaban las leyes (art. 93)
- Se crea el Sistema Integral de Testigos Electorales (SITE), como una plataforma para la designación de testigos, asignación a las mesas de votación, que además permitirá a los testigos enviar información en tiempo real sobre la jornada de votación y escrutinios a sus partidos políticos . (art. 94)
- Se establece que los puestos de votación deben estar georreferenciados para ayudar en su ubicación por plataformas de localización. (art. 104)
- Se incorpora como obligatoria la biometría en todos los puestos de votación (art. 104)
- Se incorpora el transporte público gratuito para los votantes. El Gobierno Nacional reglamentará este punto (art. 112)
- Se establece que los candidatos y campañas pueden ofrecer transporte para los votantes, y con obligaciones de reportar este servicio al CNE y al alcalde municipal (art. 112)
- Se incluye una reglamentación sobre la observación electoral, nacional e internacional (arts. 101 a 107)
- Se incorporó el sistema denominado Plan de Auditoría Informática Electoral (PAINE) con participación de auditores de partidos y de la Procuraduría General de la Nación (arts. 121 y 122)
- Fue incluido el preconteo o sistema de conteo preliminar como mecanismo de trasparencia electoral (art. 123 a 125)
- Se organizó un sistema digital de soporte a las comisiones escrutadoras con todas las garantías de funcionalidad y seguridad (art. 127)
- Se incorporó un sistema de custodia, gestión y divulgación de los documentos electorales, en condiciones de seguridad y de libre acceso (art. 128)
- Se incluyó la plataforma de información y capacitación electoral, denominada Sistema Integral de Capacitación Electoral SICE, que permitirá la coordinación de las autoridades que participan en el proceso electoral para facilitar el diseño de contenidos y mecanismos de información y de capacitación para todos los actores del proceso. (art. 177)
- Se incluyeron disposiciones para la promoción y fortalecimiento de la democracia colombiana, como programas de valores cívicos y democráticos, como campañas para mejorar la participación ciudadana en las elecciones (art. 178)
- Se incluyó la obligación de la RNEC de organizar la sistematización y publicación de todos los resultados de las elecciones y estadísticas electorales en la página web de la RNEC. (art. _)
- Se flexibiliza la ley seca, que queda con un horario general, pero que según las circunstancias de orden público, podrá ser variada por el Presidente de la República, los gobernadores y alcaldes (art. 180)
2 - Se brinda claridad sobre la naturaleza de libre nombramiento y remoción de los cargos directivos de las Registraduría Nacional del Estado Civil, teniendo en cuenta que por sentencia __ de la Corte Constitucional, quedaron cobijados como de carrera administrativa (art. 181)
- Se elimina la reglamentación que data del Frente Nacional, referente a tener dos delegados departamentales, dos registradores distritales y dos registradores especiales, para dejar un registrador departamental, un registrador distrital y un registrador especial, en cada una de las respectivas circunscripciones (art. 182)
- Dada la menguada planta de personal, deficitaria desde hace muchos años -que incluso significa que hay municipios con solo el registrador municipal-, se incluyó un aumento y adición de la planta de personal a la RNEC en 900 cargos de auxiliares administrativos (art. 183)
- Se reitera la autonomía administrativa y financiera del Consejo Nacional Electoral y se le dota de una presencia nacional, con sedes en las capitales de departamento (art. 186)
- Se reitera la participación del Ministerio Público en actividades de control electoral (art. 187)
El nuevo código electoral iniciará su trámite en el Congreso y se espera que esté aprobado en las próximas elecciones regionales del 27 de octubre.