Por: Carlos Mario Jiménez


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Sala de Casación de la Corte absuelve al exalcalde Luis Fabián Fernández

3 mayo, 2022

El exmandatario de Valledupar había sido condenado en 2017 a pagar dos años de prisión por el Juzgado Segundo Penal del Circuito.

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La Corte consideró que “el Juzgado de primera instancia procederá a cancelar los registros y anotaciones que haya originado este diligenciamiento en contra del sentenciado”.


Última actualización mayo 3, 2022 a las 02:57 pm

Considerando que su decisión fue acertada y no violó ningún principio sobre la inversión social, la Corte Suprema de Justicia absolvió del delito de peculado por aplicación oficial diferente, al exalcalde de Valledupar Luis Fabián Fernández Maestre.

De acuerdo a la ponencia presentada por el magistrado José Francisco Acuña Vizcaya, se explica que “en las instancias los sentenciadores resumieron la situación fáctica en los siguientes testimonios: no casar por razón de los cargos de la demanda, la sentencia del 17 de julio de 2017 proferido por el Tribunal Superior en contra de Luis Fabián Fernández”.

Este caso se remonta al periodo del 2010-2012 y según la Fiscalía 12 seccional contra la administración pública, mostró pruebas para culparlo por supuestamente utilizar dineros destinados para la seguridad pública del municipio para pagar la nómina de tres meses de los empleados, incluyendo el sueldo de él.

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“La demanda de casación se hizo porque nosotros nunca dimos ordenación del gasto para tomar esos recursos, eso lo maneja la Oficina de Tesorería según acuerdo 001 del 2010, que establece funciones y roles de cada quien frente al tema de los recursos del Fondo Cuenta para la seguridad ciudadana”, había explicado Luis Fabián Fernández.

Estos argumentos fueron presentados desde el recurso de los alegatos de conclusión presentados por los abogados del exalcalde de Valledupar, quien agradeció la gestión de la justicia por fallar a su favor en este proceso.  

La Corte consideró que “el Juzgado de primera instancia procederá a cancelar los registros y anotaciones que haya originado este diligenciamiento en contra del sentenciado”.