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Nuevo impuesto para propietarios de vehículos matriculados en Valledupar

Como un baldado de agua fría recibió la comunidad de conductores y propietarios de vehículos como carros y motocicletas, un nuevo impuesto de la Secretaría de Tránsito Municipal.

Se trata del Acuerdo 021 del 20 de diciembre aprobado por el Concejo Municipal de Valledupar “por medio del cual se modifican las tarifas de los servicios prestados por la secretaría de tránsito municipal y se crea la tasa por administración de historiales en el municipio de Valledupar”.

Según la Secretaría de Tránsito, propietarios que tengan inscrita la matrícula de sus vehículos en la ciudad deben cancelar tres salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, $100.000 y los usuarios de motocicletas uno punto cinco salarios mínimos diarios legales vigentes, $50.000 pesos, a partir de la vigencia 2022. 

El secretario de Tránsito de Valledupar, Manuel Palacio, manifestó que lo recaudado será destinado al fortalecimiento de la infraestructura física de la Secretaría de Tránsito.

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“Fortaleceremos las instalaciones de la Secretaría de Tránsito especialmente las que tienen que ver con las áreas administrativas de atención al usuario y la implementación de mejoras en los procesos de digitalización del archivo de carpeta e historiales de los vehículos matriculados en la ciudad”, dijo Palacio.

Los vehículos nuevos que se matriculen a partir de la vigencia del acuerdo en la capital del Cesar estarán exentos del pago de la tasa por administración de historiales por los 12 meses siguientes a la fecha de la matrícula; cumplido este término se liquidará la tasa de administración de historiales proporcionalmente al tiempo que faltara para el corte del 31 de diciembre del respectivo año.

De igual manera, los vehículos que al entrar en vigencia dicho acuerdo, trasladen y radiquen por primera vez su cuenta en la Secretaría de Tránsito y Transporte estarán exentos del pago de la tasa por administración de historiales por el año siguiente, contando a partir del momento en que haya sido declarado paz y salvo por el organismo de Tránsito anterior.  Esta exención no contemplará a los vehículos que habiendo realizado el trámite de traslado de cuenta en vigencias anteriores al 2020 no hayan legalizado la radicación de cuenta.  

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