21 julio, 2021
El Ministerio aclaró que para trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural, con cualquier entidad de derecho público si se deberá acreditar la situación militar.
Última actualización julio 21, 2021 a las 02:43 pm
Con la circular 0039 del 13 de julio del 2021, expedida por expidió la cartera laboral, se reitera la prohibición legal de exigir tarjeta militar para ingreso a un empleo.
Así lo ha manifestado el ministro del trabajo, Ángel Custodio Cabrera, quien indicó que “desde el Ministerio del Trabajo hacemos un llamado a los empleadores del sector privado para que se abstengan de exigir este documento como requisito para la vinculación laboral en especial a los jóvenes entre 18 y 28 años que acceden a su primer empleo”.
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De igual manera, el Ministerio aclaró que para trabajar en el sector privado y celebrar contratos de prestación de servicios como persona natural, con cualquier entidad de derecho público si se deberá acreditar la situación militar según lo estipulado en el artículo 42 de la ley 1861 de 2017.
Aunque la tarjeta no se le podrá exigir a un ciudadano para dar un empleo, se puede tramitar desde internet una certificación provisional que acredite que su situación militar está en proceso.