Por: Equipo Primera Linea


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El salvamento de voto que apoyó a Luis Alberto Monsalvo

15 febrero, 2024

El exgobernador del Cesar fue condenado por la Corte Suprema de Justicia al declararlo culpable por irregularidades en el PAE.

Luis Alberto Monsalvo condena


Última actualización febrero 15, 2024 a las 06:19 am

El proceso en contra del exgobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco, por irregularidades en el Programa de Alimentación Escolar, durante su primer gobierno, terminó en condenado por la Corte Suprema de Justicia.

La decisión fue emitida por la Sala de Primera Instancia de la corporación, en la continuación de la audiencia de juicio oral, desarrollada de manera virtual.

El magistrado ponente, Ariel Augusto Torres Rojas, leyó la parte resolutiva de la decisión donde se conoció que la Corte condenará a Monsalvo Gnecco como coautor penalmente responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.

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Sin embargo, minutos más tarde se tuvo conocimiento que la magistrada Blanca Nélida Barreto Ardil no apoyó tal condena y realizó salvamento de voto.

“A diferencia de lo sostenido por la Sala mayoritaria, considero que, de los medios probatorios aducidos para sustentar la condena en contra de Monsalvo Gnecco por el delito de peculado por apropiación, no se infiere más allá de toda duda razonable su intervención en calidad de coautor y, en concreto, que haya delegado la contratación con la finalidad de eludir los requisitos legales esenciales, como medio para, en conjunto con otras personas, apropiarse dolosamente de recursos estatales”, indicó Barreto Ardil.

De igual manera, la magistrada en su salvamento de voto, destacó “y es que, si la atribución de responsabilidad al acusado por el ilícito de peculado por apropiación fue ligada a la materialización del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales, en una relación de medio a fin, debió acreditarse probatoriamente, entre otros asuntos, que desde la etapa precontractual cuestionada se determinó de manera artificiosa el precio unitario que se pagaría por las raciones alimentarias a contratar, en aras de lograr una apropiación ilícita de recursos públicos, como consecuencia de sobrecostos y que esto era conocido y querido por el aforado, exigencia probatoria que, en mi criterio, no se encuentra satisfecha”.

La condena de la Corte Suprema será en primera instancia y el abogado José Luis Barceló, defensa de Monsalvo, señaló que la pena no debe pasar los 15 años, pues no se debe condenar dos veces por la misma conducta a su defendido y pidió esta debe ser conocida en un término no mayor a cuatro meses, una vez emitido el sentido del fallo.

Finalmente, el magistrado Ariel Augusto Torres Rojas convocó para el lunes 18 de marzo una nueva audiencia para conocer la sentencia.