25 enero, 2021
El próximo 5 de marzo del año en curso, se conocerá la pena impuesta contra Néstor Julio Rodríguez Rúa, como responsable del delito de homicidio en la modalidad de dolo eventual.
Última actualización enero 25, 2021 a las 03:55 pm
Luego de los elementos de prueba presentados por la Fiscalía y de acuerdo con los testimonios obtenidos por una fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, un juez penal de Bogotá emitió fallo condenatorio en contra del patrullero de la Policía Nacional Néstor Julio Rodríguez Rúa, adscrito al Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD), por disparar la granada de gas lacrimógeno que ocasionó la muerte de un menor de edad.
De acuerdo a las investigaciones, el uniformado accionó un arma conocida como gaseador o truflay sin orden previa de sus superiores, impactando al joven, quien en ese momento marchaba con otras personas sobre la Carrera Séptima con calle 18 (Bogotá), en la jornada de movilizaciones del Primero de Mayo de ese año.
Adicionalmente, los peritajes de balística y los dictámenes médico-forenses evidenciaron que el patrullero desconoció los protocolos de uso dispuestos para este tipo de artefactos, y lo disparó de forma lineal y directa contra multitud, impactando una de las granadas al joven de 15 años.
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El próximo 5 de marzo del año en curso, se conocerá la pena impuesta contra Néstor Julio Rodríguez Rúa, como responsable del delito de homicidio en la modalidad de dolo eventual.